sábado, 3 de marzo de 2018

El Palo Parlante, tu coche contestante y la que nos espera.


Holi Holiiii.

Me apetece ponerme muy friki esta vez, lo siento, pero ni quiero, ni puedo evitarlo. Estaba haciendo unas cositas y me he encontrado con un documento del WG del artículo 29 que ha llamado poderosamente mi atención, cosa que, si visitas este pobre blog, suele pasar (tengo algún que otro post comentando documentos de este Grupete de coleguis XDDD). Vamos al lío, que me lío...

Documento: Dictamen 03/2017 sobre el tratamiento de los datos personales en el contexto de los sistemas de transporte inteligentes (STI) cooperativos. Como siempre, os lo linkeo si pulsáis aquí. 

  • ¿De qué va el cirio este? 
Pues muy sencillo: de coches/camiones/motos/sidecars...en definitiva: "Vehículos" que hablan con: señales, palos misteriosos... Qué pasote,¿no? Y...¿cuál es la finalidad de estas charlas? Pues, según el propio documento: "lograr mejores predicciones sobre las situaciones del tráfico y mejorar la prevención de accidentes". Sí amig@s, el asunto se pone serio: Los coches hablan; ya no sólo se conducen solos...¡ES QUE ENCIMA HABLAN CON PALOS DEL CAMINO! 



Tranquilos, piltrafillas, de momento los casos que dice el documento que se han identificado están relacionados en su mayoría con funcionalidades informativas (como advertencias de obras, condiciones meteorológicas, etc.). Iba a decir que no os preocupárais en España, ya que obras ya pocas y no somos país de condiciones meteorológicas especiales, pero...mejor me callo tras los últimos acontecimientos. 


Bueno, pues el tema es que se nos empiezan a plantear situaciones un poco complicadas, porque se juntan aspectos éticos (en los últimos tiempos, prácticamente todo kiski se ha planteado casos extremos rollo "y si el coche autónomo tiene que elegir entre atropellar al profe de tributario que no sabe decir "coxis" o al misterioso y desconocido M. Rajoy... ¿qué hace?") y transmisiones de datos que nos son desconocidas al común de los mortales. 

  • ¿Qué tiene que ver esto con la Protección de Datos, Iuris?
Pues muy sencillo: que ese coche pertenece a una persona, que dentro del coche también van personas y que el coche, al igual que el vecino del quinto, habla de esas personas. Y esto es así aunque se seudonimicen los datos, que es el caso que se trata aquí. 

Aclaración: La seudonimización viene recogida en el RGPD de la siguiente forma: "tratamiento de datos personales de manera tal que ya no puedan atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, siempre que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o identificable". Para que entiendas esta parrafada, te hablo en cristiano: Ese apodo tan amoroso que usa tu amorsito para llamarte y que solo conocéis vosotros, rollo: "Currupipi". Es imposible saber que Currupipi eres tú a no ser que nos den alguna pista, como que tu amorsito se llama "x". A grosso modo, esa es la idea (a lo cutre, lo sé, no dejes de leer el post por esta memez).

Tal y como comentaba, los datos seudonimizados caen bajo la aplicación de la normativa de protección de datos, y por eso el WG mete baza aquí; . si los datos fueran anónimos, el WG pasaría del tema porque no caería dentro de la aplicación del RGPD. 
 
 

  • Entonces... ¿qué pasa aquí?
 Pues que el WG no tenía otra cosa que hacer y se ha puesto a analizar todo esto: el coche que habla, el palo que le responde y la fundamentación a nivel jurídico que puede "soportar" esto tan raruno (sí: para tratar datos, hace falta tener un "soporte jurídico", y los tenemos en el RGPD, concretamente en su artículo 6. No quiero pararme en esto para no aburrir al personal; simplemente, os dejo una pinceladita del documento para general rayada: "la capacidad de identificación de los datos de localización es bien conocida: bastan unos pocos puntos espaciales para singularizar a una persona en una población con un elevado grado de precisión, teniendo en cuenta los patrones más habituales de movilidad de las personas". 
Para que me entiendas: identificarte a ti con los datos de localización que manda tu coche al palo parlante, es MUUUUY SENCILLITO. E imagínate lo que se puede sacar de ahí si mereces ir a comiseriden por saltarte una línea continua... (información que caería dentro de las llamadas "categorías especiales de datos" que recoge el art.11 RGPD, y que tienen un régimen de tratamiento un poco diferente).

 Así, el WG da un toquecito para que se mejoren algunos aspectos que inciden en la privacidad de la gente o creando problemas cuando buscábamos soluciones. Por ejemplo:
 
- Los STI cooperativos, por su propia naturaleza, desvelarán información que no estábamos acostumbrados a revelar: por dónde conducimos y de qué modo.  Para algunos, esto es horroroso, especialmente para esos Fernandos Alonsos de Pacotilla: Tu seguro estará encantado de conocer que vas como un fitipaldi: clavadita que te va a caer.
 
- Posibilidad de predicciones inexactas sobre las condiciones del entorno (por ejemplo, creando un atasco en lugar de reducir la carga de tráfico) o  por una interpretación no neutral de los datos del entorno (por ejemplo, induciendo a los usuarios a visitar zonas específicas debido a los intereses económicos de uno de los particulares). Cuanto menos, esto es curioso. 

Y aporta algunas ideas para mejorar estas cosas QUE YA ESTÁN AQUÍ Y AMENAZAN CON QUEDARSE.
 
Como el propósito del post era hablar de palos parlantes y coches, lo dejo aquí; pero os invito a que le echéis un ojo al tema, porque es de lo más curioso. 


Hasta lueguen!!!




 

 

No hay comentarios :

Publicar un comentario

Muchas gracias por visitar mi blog y dejarme un comentario.No olvides que también me puedes contactar vÍa twitter en @iurisfriki .