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sábado, 9 de abril de 2016

El curioso caso del Responsable Irresponsable


¡Hola de nuevo!

Hay una cosa que siempre le repito incesantemente al #iurisobri cuando viene a casa y saca la pila de juguetes que tiene preparados para sus estancias aquí: "mira bien dónde guardas tus juguetes y revisa que, en el lugar en el que los dejes, los puedas encontrar  en perfecto estado para que puedas seguir jugando con ellos". Obviamente, cuando le digo esto al pequeño #iurisobri no es porque yo tenga pensado vender o romper ninguno de sus juguetes cuando él no está; lo que pretendo con esto es que entienda que las cosas hay que conservarlas bien (entre otras cosas, porque cuestan dinero que no sale de los árboles, como dice mi madre) y para inculcarle un cierto grado de responsabilidad con sus cosas. Esto que parece obvio, cuando somos mayores no siempre lo tenemos presente, y sobre todo cuando hablamos de datos personales. Tendemos a "independizarnos" de los consejos y órdenes de nuestros padres cuando entramos en la edad del pavo y, a veces, arrastramos esa rebeldía hasta bien mayorcitos, aunque en ese caso, más que por rebeldía, suele ser por comodidad o dejadez. 

LOPD, Responsable, Seguridad,


Ejemplos de esto nos encontramos cuando dejamos papeles con datos personales (facturas a clientes, contratos, hojas de encargo, currículums...) en sitios no adecuados (en la enmarañada mesa de la oficina o en algún almacén mugriento: no pongas esa cara, seguro que conoces algún caso de algún amigo o conocido que lo haga) o cuando contratamos un hosting o nos "subimos a la nube" sin mirar apenas las condiciones. 



web, lopd, lssi, privacidad, nube, cloud computingAhora que estamos todos locos por ser punteros en el uso de apps y en tener la web más bonita, es bueno recordar que la comodidad no puede ser sinónimo de dejadez o irresponsabilidad.

Siempre digo que creo que en la LOPD se usó el concepto de "Responsable" con una intención muy clara: incidir en la especial responsabilidad que conlleva cualquier tratamiento de datos personales. Yo lo veo una jugada maestra que pasa desapercibida para la mayoría de nosotros: tenemos la responsabilidad de ser responsables (valga la redundancia) si queremos tratar datos personales, y no hay más. Como esto de ser responsables lo vamos aprendiendo con el tiempo y no suele ser fácil, el legislador nos dio unos pequeños puntos para ir entrando en vereda, y lo llamó "Reglamento de la LOPD". Ya sabemos que nadie nace sabiendo, y menos en aquello que llaman "madurar". A estas alturas de la película y a pesar de tener una guía obligatoria para llegar a ser un buen Responsable, seguimos muchas veces olvidándonos de la guía, lo que implica, además de que estamos fuera de la Ley, que nos exponemos a riesgos innecesarios que pueden dar al traste con nuestra idea de negocio. Pero es que además, creo que la elección del legislador de la palabra "Responsable" va en otro sentido también: en ser responsable de asumir las consecuencias de no ser responsable (valga la redundancia, de nuevo). Si no somos lo suficientemente responsables para cuidar nuestras cosas (o las cosas de otros que custodiamos), vendrá la segunda parte de la responsabilidad, que será pagar la multa. 


Responsable, LOPD, Imágenes, CámaraCuando nos olvidamos de ser Responsables (con la doble vertiente que he señalado), pasan cosas como que bajamos una aplicación para gestionar la webcam que hemos colocado en nuestro negocio sin darnos cuenta de que los servidores están, por ejemplo, en medio de la sabana africana, y estamos enviando imágenes de terceros a un terreno desconocido sin tomar ninguna medida para proteger a los pobres que salgan en las imágenes o a nosotros mismos. Y estamos dejando de ser responsables (según la primera vertiente), pero, a la vez, estamos ganando puntos para ser responsables (según la segunda vertiente). Es como si el #iurisobri deja sus juguetes en el portal y luego se pregunta que por qué han desaparecido, solo que en el caso del Responsable Irresponsable, su omisión está afectando a la privacidad de otros y, si esas imágenes que ha "malguardado" aparecen en la red de redes, podría enfrentarse a problemas más serios. 


Para terminar el post, te lanzo una pregunta: ¿crees que eres Responsable de primera vertiente o crees que estás ganando puntos para ser Responsable de segunda vertiente?

lopd, protección de datos, privacidad, responsable


Que pases una estupenda semana y muchísimas gracias por pasar por este rincón de la red de redes. ;-)

¡Hasta la pŕoxima!

domingo, 3 de enero de 2016

Entrevista con los Reyes Magos sobre Protección de Datos.


Hola a tod@s!

Hace cosa de un mes y medio recibí un email que me extrañó muchísimo. En el asunto ponía en mayúsculas "CONFIDENCIAL: a la atención exclusiva de Iurisfriki". Al principio pensé que era SPAM pero algo dentro de mí me hizo no enviarlo a la papelera de primeras. Al final del día me armé de valor y decidí abrirlo. Y menos mal. En el cuerpo del mensaje me encontré con un escueto "Se acepta su solicitud, la entrevista  será "X" día a "X" hora". De inmediato, cogí mi móvil y llamé a mi contacto para agradecerle el favor: gracias a sus gestiones, Sus Majestades los Reyes Magos de Oriente habían accedido a responderme a unas preguntas, y no sólo eso: tenía su ok para publicarlo en el blog y compartirlo con mis queridos lectores. Así, que, queridos amig@s, en este post os voy a trasladar la pequeña charla que pude mantener con tan ilustres y mágicos personajes.

Los Tres Reyes Magos, Los Reyes Magos

Llegado el día "D", estaba tan nerviosa que no acertaba ni a encender el pc. Tal y como me habían pedido, busqué un sitio seguro en el que estar sola y que nadie más pudiera escucharme. Cogí el pendrive que me había entregado un amable mensajero un par de días antes de la cita y lo inserté en el equipo. Al momento, se me empezó a instalar en mi equipo el programa que sería la herramienta para mantener la charla con ellos: una especie de Skype mágico que se autoborraría nada más terminar la charla. Y doy fe de que así fue: tanto el pendrive como el programa han desaparecido de mis equipos y de mi vista!
Finalizada la instalación del programa y su configuración (que debo decir que fue bastante rápido), por fín estaba en línea, esperando la llamada mágica de Oriente. Y a los pocos minutos, se produjo...

Call Center, Teléfono, Servicio, Ayuda 

De repente, apareció en la pantalla un Paje Real que, con cierto semblante serio, me dijo que Sus Majestades se conectarían enseguida. Y así fue: al ratito, tenía 3 hombres mayores al otro lado de la pantalla mirándome con una dulce sonrisa. Y empezó la charla..

Siluetas, Persona, Humano, Hombre, Mujer

Todo fue muy rápido; Sus Majestades me explicaron que estaban especialmente ocupados con todos los encargos que habían recibido para Reyes, por lo que quise ser directa y clara para no "robarles" demasiado tiempo. Mi primera pregunta era obvia: ¿cómo gestionan toda la información que reciben de los niños españoles?

Fue Gaspar el que rompió el hielo con un tajante: "Pues aplicando las máximas pautas de seguridad combinando las ideas que cogemos de la normativa en protección de datos y la magia, que es la base de nuestra actividad". Obviamente, mi cara fue un poema pero es que claro, no me veía con legitimidad para cuestionar a tan ilustres personas los motivos por los que, como entendí entre líneas, no cumplían escrupulosamente los preceptos de la LOPD. Al final no hizo falta decir nada: Melchor tomó la iniciativa y me explicó que, ante las dudas sobre si debían aplicar la normativa vigente en Protección de Datos dado su carácter marcadamente mágico, habían decidido consultar directamente a la AEPD y la respuesta había sido negativa dado que no encajan en los supuestos obligados por sus especiales características y además, según les indicaron en la propia AEPD su actividad podría encajarse tanto en la llamada "excepción doméstica" como en la prevista en el art. 1.c de la LOPD. No seré yo quien cuestione a la excelentísima AEPD y menos hablando de cuestiones "mágicas". ;-)

Mi siguiente pregunta fue que me indicaran algunos preceptos de la normativa que aplicaran en sus actividades, a lo que Baltasar me respondió lo siguiente: "Lo primero que queremos que quede claro es que, a grosso modo, cumplimos con los Principios de la LOPD y con las medidas de seguridad del Reglamento, aunque a "nuestra manera". Voy a ser más concreto: En relación a los datos que manejamos, la mayoría provienen de las cartas que nos envían los niños cada año, por lo que sólo los conservamos "vivos" desde que llegan las cartas hasta el día 13 de enero. Es verdad que solemos dar un plazo extra de una semana por si nos hemos equivocado en el reparto o el niño no está contento con lo que le hemos dejado. Pasado ese tiempo, las cartas pasan a una sala mágica en la que quedan protegidos bajo un hechizo durante un plazo máximo de 5 años. A esa sala sólo podemos acceder nosotros, ya que la puerta  que la custodia sólo es visible con nuestros poderes, por lo que, en cierto modo, usamos una especie de "biometría mágica". Además, el hechizo lo cambiamos como mínimo una vez al año. Lo del hechizo es un lío, ya que la magia no evita los achaques propios de la edad y es Melchor el que la lía siempre: se le olvida de un día para otro y bloquea el sistema mágico: ¡tenemos un registro de incidencias enorme por su culpa!"

Libro, Estrella, Magia, Magic

Me interesaba mucho conocer la relación con los pajes reales: cómo trasladan las obligaciones y responsabilidades a sus "empleados" (por llamarles de alguna manera) en materia de protección de datos. La respuesta de Gaspar no se hizo esperar: "Esta parte ha sido auténticamente complicada precisamente porque nuestros pajes reales tienen una especial relación con nosotros: no son ni trabajadores al uso ni, como les llamáis vosotros si mal no recuerdo, autónomos. Lo que hemos previsto al final es un contrato inspirado en el artículo 12 de la LOPD. Además, se les imparte un curso formativo cuando entran a colaborar con nosotros y anualmente, más o menos en verano, se les realiza otro curso de recuerdo. Nuestros pajes manejan información muy importante y no queremos dejar ningún fleco suelto. Los traslados de las cartas de sus buzones a nosotros son escrupulosamente seguros: utilizamos un doble hechizo y así, las cartas quedan perfectamente protegidas hasta que llegan a nosotros".

Buzón De Correo, Rojo, Inglaterra


Me interesaba saber cómo actúan en relación al tema del consentimiento, algo que a las empresas les suele costar cuadrar. En esta ocasión, fue Melchor el que respondió a mis dudas: "A ver, lo del consentimiento es un poco "especial"..Nosotros no usamos formularios de contacto: los datos que nos llegan son básicamente por las cartas de los niños. Claro, la ventaja de llevar haciendo esto tanto tiempo es que cualquiera que nos escribe la carta sabe las cosas obligatorias que tiene que poner en ella: Su nombre, su dirección, si ha sido bueno o no y los regalos que le gustaría recibir. Visto esto, el resto no es relevante para nosotros, aunque cada carta es un mundo y muchos suelen pedirnos deseos para otras personas: Padres, Madres, Tíos, Abuelos, Vecinos o hasta Compañeros de clase. Esto choca con el art.13.2 del Reglamento, lo sabemos, pero creemos que la buena intención de las cartas puede compensarlo. Sólo usamos esa información para hacer felices y repartir ilusión, lo que es una finalidad clara del tratamiento que realizamos. No es necesario un formulario ni profundizar más en ello; no queremos tener problemas con la AEPD, como entenderás..Apunta ahí que no cedemos datos a nadie: que los encargos y demás los hacemos nosotros mismos, por lo que a nuestros vendedores sólo les trasladamos la lista de regalos, sin que sepan para quién es cada uno". Dicho queda. ;-)

Pila De Cartas, Carta, Letra

No quería robarles mucho tiempo ya que estamos en fechas muy ocupadas para ellos, pero me quise portar un poco mal y decidí preguntarles por esos chivatazos que sabemos que les llegan sobre si los niños se portan bien o mal durante el año: su peculiar sistema de vigilancia que algunos gobiernos envidiarían, por cierto. La respuesta me dejó auténticamente impresionada: "Mira, Iuris, no te podemos dar muchos datos sobre este tema. Nosotros durante el año es verdad que recibimos chivatazos y que, incluso, podemos ver y saber el momento exacto en el que el niño se porta mal, pero no podemos precisarte demasiado sobre ello ya que no lo vas a poder entender; date cuenta que la Magia es un instrumento muy poderoso, y que nosotros "somos de los buenos". Sólo podemos decirte que nuestros oídos y ojos están muy protegidos y no pueden ser hackeados por nadie, así que estad tranquilos por esto".

Gato, Felino, Lindo, Domesticado

Les pedí para finalizar la entrevista una frase final a cada uno de ellos para los lectores de este humilde blog. Accedieron enseguida, pidiéndome que trasladara el literal de lo que dijeran. Aquí os dejo los mensajes finales:

Nota, Escribir Con, Cómic, Persona

Melchor: "Quiero pedirles a tus lectores que entiendan la necesidad de proteger los datos personales tanto suyos como de sus clientes: que tomen medidas, que se formen, que se interesen y que piensen que, si unos ancianos como nosotros estamos concienciados, ellos tienen más motivos para estarlo".

Gaspar: "Yo lo que pediría a los lectores es que dejen de vivir al margen de la ley y de la Sociedad y que tomen medidas, especialmente con los niños. Nosotros no podemos estar todo el año encima del buen uso o mal uso de los regalos que dejamos; eso es responsabilidad de los padres. Hagan el favor de implicarse y protejan a los menores: sean responsables, y si no pueden comprometerse a esto, que no nos pidan determinados regalos".

Baltasar: "Comparto 100% lo que han puesto mis colegas, por lo que lo único que quiero añadir es lo siguiente: Se puede recibir carbón por no portarse bien, como saben todos, pero lo de "portarse bien" también incluye cumplir con las normativas. No sólo pueden recibir una multa, también carbón para el año que viene, avisados están".
 

Castor, Animales, Ambiente, OndulaciónY hasta aquí llegó mi privilegiada charla sobre protección de datos con los Reyes Magos de Oriente. Espero que la hayáis encontrado interesante y sirva para concienciarnos un poco más sobre la importancia de nuestros datos personales. Un saludo a todos y FELIZ AÑO 2016! (qué mejor manera de empezarlo que con esta "visita mágica").




martes, 20 de octubre de 2015

La casa por el tejado: Ana, psicóloga "relax & take it easy".



Hola de nuevo!

Tras experimentar con la historia de Paco, aquel mecánico que acabó siendo un pseudo-modelo para la web del viejo taller de su ex-jefe, y cuya historia podéis leer aquí , me apetece retomar mi vena creativa esta semana contándoos la historia de Ana y Sergio. Este post nace de la conversación absolutamente interesante y enriquecedora que tuve en twitter con una profesional del medio: Marina Brocca, en la que coincidíamos en la necesidad de concienciar sobre LOPD y privacidad hablando claro y "a calzón quitado", como ella misma dice. Os recomiendo encarecidamente darle follow inmediato en twitter; es tan encantadora como gran profesional y encontraréis cosas muy interesantes en sus tweets. Como siempre digo, este blog pretende ser una herramienta de concienciación y acercamiento a la normativa de protección de datos desde un punto de vista amable y sencillo de entender para todo el mundo, por lo que igual, con estas historias un poco raras, me es más fácil explicarme y conseguir que cualquier posible lector cierre la pestaña de este blog entendiendo algunos aspectos de la LOPD. Si consigo esto, os aseguro que estaré re-feliz! 

Y ahora, vamos con la historia..


Os presento a Ana. Ana acaba de terminar sus estudios de Psicología y, tras muchos fines de semana trabajando en una conocida cadena de comida rápida, ha conseguido reunir el dinero suficiente para montar su propio gabinete psicológico. Ana tiene a su asesor de confianza que es el que le ha tramitado tanto el alta en la Seguridad Social como el alta en Hacienda e, incluso, le ha redactado el contrato de alquiler del local que ha elegido para su negocio, un local chiquitín con dos estancias: un despacho personal (con puerta con llave) en el que guardará los expedientes de sus pacientes, y la sala en la que pasará las consultas, donde sólo pondrá un diván, unas plantas para darle algo de alegría y unos cuadros. Ana cree que el dinero que ha pagado a su asesor está justificadísimo para evitar problemas con Hacienda y con la Seguridad Social, por lo que ya de inicio contaba con este gasto extra y no le ha importado pagarlo. Además, ha conseguido ahorrar bastante dinero comprando los modernos muebles para la consulta en una conocida tienda bastante barata. Lo primero que compró fue un tablón de corcho para colgarlo en la pared del despacho para organizar sus citas y un cuaderno para tomar notas durante las sesiones con sus pacientes. El asesor le comenta que tienen un servicio de LOPD que le recomienda contratar, ya que está obligada por Ley a cumplir la normativa sobre protección de datos. Ana agradece la recomendación pero la declina amablemente, ya que ya se ha gastado demasiado dinero en trámites administrativos y no cree que vaya a pasar nada por no cumplir la normativa; ninguno de sus compañeros de la carrera que tienen también consulta la cumplen y no ha pasado nada nunca, así que "relax y take it easy".

Kermit, Rana, Prado, Margarita


A los pocos meses, Ana ya tiene un buen número de pacientes y le va genial, pero no tiene tiempo para limpiar la consulta y el despacho, tarea que hasta ahora había hecho ella misma. Ha pensado en contratar a Sergio, un chico que está terminando sus estudios y que se saca unas pelillas limpiando la consulta de una antigua compañera de Universidad de Ana. Esta compañera es la que se lo ha recomendado a Ana, ya que, al parecer,es todo un experto en dejar la consulta como los chorros del oro. Tras ofrecerle el puesto, llama a su asesor para tramitar el contrato laboral y así proceden. El asesor le vuelve a recomendar que consulte con un profesional y se adapte a la normativa de protección de datos, pero Ana vuelve a negarse ya que no ha tenido ningún problema hasta ahora. Sergio empieza a trabajar esa misma semana; irá los viernes de 4 a 5, que es cuando hay menos pacientes y podrá realizar mejor su trabajo. Ana, mientras él limpia, estará en el despacho que hay junto a la sala de consultas, repasando los casos de la semana siguiente. 

Lego, Legomaennchen, Hombres

Mientras Sergio limpia, Ana le dice que tiene que salir a hacer unos recados, pero que no tardará en volver. Sergio le dice que aprovechará para pasar la aspiradora en el despacho y Ana le deja la llave. Mientras está en sus quehaceres, algo le llama la atención en el tablón del despacho de Ana: ve que el próximo jueves Ana tiene una cita con Javier XXXX, un chico al que Sergio conoce del barrio y con el que discutió hace poco por un tema de dinero. Por lo que dice en el tablón, Javier tiene problemas de ansiedad. Sergio ve que en el escritorio del despacho de Ana está el cuaderno en el que la psicóloga hace sus anotaciones durante las consultas y le entra la curiosidad tras lo visto en el tablón de Ana, así que lo abre y busca el nombre de Javier. Tras leer las anotaciones de Ana en el cuaderno, decide hacer unas fotocopias de las anotaciones sobre Javier y se las guarda en su mochila. Aprovecha también, mientras recoge los bártulos, para hacer una foto con el móvil de las anotaciones del tablón del despacho. En ese momento Ana vuelve de hacer sus recados y Sergio le informa de que ha terminado su trabajo y se va para casa. Sergio le da la llave del despacho y se despiden hasta la semana siguiente.

Adiós, Despedida, Triste, Rana, Gracioso

A las pocas semanas, Ana, mientras navega por internet, se mete en un foro en el que los vecinos del barrio comparten planes y noticias y  ve que, en uno de los hilos del mismo, hay una entrada en la que pone: INFO SOBRE JAVIER XXXX . Reconoce el nombre de su paciente y decide entrar en el hilo. Lo que ve, le deja con la boca abierta: Hay una foto colgada de su tablón, en el que viene las citas que tenía programadas con este paciente y con otros para el próximo mes y, además, un archivo con las anotaciones del cuaderno que ha hecho durante las sesiones con Javier. Ana sospecha que ha sido Sergio, ya que nadie más ha tenido  acceso a su despacho (que cierra con llave siempre que ella no está dentro). 

Globos, Rectángulo, Comunicación, Grupo


Ana llama de inmediato a su asesor y le cuenta lo sucedido muy nerviosa. El asesor le recuerda que le avisó sobre la necesidad de adaptarse a la normativa LOPD pero que ella se negó. El asesor le pasa la llamada al abogado LOPD con el que trabajan, que se pone al teléfono. Ana le cuenta lo sucedido y el abogado LOPD se lleva las manos a la cabeza. Aparte de detectar que no tiene nada preparado en torno a la normativa, le avisa de que es posible que reciba noticias de la AEPD y que no será una felicitación de Navidad, precisamente. Ana, que hasta ahora no ha tenido problemas, cree que bastantes cosas tendrá la AEPD como para ocuparse de ella y decide no tomar ninguna medida para adaptarse a la LOPD; ni siquiera despedirá a Sergio para evitar "ruido" . Cuelga el teléfono y retoma las citas con sus pacientes. Al día siguiente aparece Javier muy enfadado y le avisa de que ha visto sus datos en un foro de internet y va a ir a la AEPD; además, le dice que no piensa volver a sus sesiones con ella y que va a correr el rumor de que no es buena psicóloga y que regala los datos de sus pacientes. Ana no le da importancia y vuelve a pensar que la AEPD no va a perder el tiempo con ella teniendo otras cosas más importantes que hacer, pero a los pocos días, todo cambia..

Noticias, Globo, Tierra, Mundo

Ana tiene una mañana horrible, recibe unas 20 llamadas de pacientes que le cancelan las sesiones y le dicen que no quiere que les trate más y, además, recibe una visita inesperada que no viene, precisamente, a tener una sesión con ella. Tras la visita, Ana llama a su asesor y le pide que le ponga con el abogado LOPD. La visita le ha dicho que seguramente abran procedimiento sancionador contra ella y que ha vulnerado no sabe cuántos artículos de la LOPD.  El abogado LOPD le dice que acaba antes si le dice los artículos que no ha vulnerado; pero se para específicamente en la parte que ha "levantado la manta". Le recuerda que, si hubiera hecho caso a su asesor cuando le avisó por segunda vez de que se adaptara a la normativa, habría sabido que al contratar a Sergio debió haberle trasladado, tal y como impone el art.83 del Reglamento de la LOPD: "la prohibición de acceder a los datos personales y la obligación de secreto respecto a los datos que el personal hubiera podido conocer con motivo de la prestación del servicio"Además, como Responsable del Fichero debería "haber adoptado las medidas adecuadas para limitar el acceso del personal a datos personales, a los soportes que los contengan o a los recursos del sistema de información, para la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales" (vamos, que no debió dejarle entrar en el despacho o bien, de hacerlo, debió haber quitado antes la info del tablón y el cuaderno de anotaciones y haberse asegurado de que Sergio no podía acceder a ellos metiéndolos, quizás, en un armario bajo llave que estuviera bajo su exclusiva custodia). Esto de inicio y fijándonos sólo en lo que originó la visita inesperada, pero si encima le añadimos aspectos como que ni tenía ficheros declarados, o que ni había aplicado las medidas de seguridad de nivel alto que probablemente son las correspondientes a la información que trata.. ¡Imaginad cómo acaba el cuento!

Y encima, por si fuera poco,  tiene que enfrentarse a que, debido probablemente a la "mala publicidad" que le ha hecho Javier de lo sucedido, ha perdido muchísimos clientes, por lo que no sabe si podrá mantener la consulta abierta con los pocos que han quedado dispuestos a seguir su tratamiento con ella (seguramente porque el "boca a boca" no haya llegado de momento a sus oídos).

Hablar A La Gente, Percepción, Realidad

Y todo esto podría haberse evitado si hubiera reservado parte del dinero que ahorró con los muebles en adaptarse a la normativa; o igual podría haber contado con que, aparte del dinero con el que contaba para pagar a un asesor que le hiciera los trámites con Hacienda, la Seguridad Social y demás, debería haber reservado cierta parte a asesorarse con un profesional y haber empezado "la casa por los cimientos" (desde el momento 0) y no "por el tejado" (cuando ya tiene el problema).


                                   Casa, Explosión, Ruina, Explosión De Gas

Y hasta aquí llega el post de hoy; espero que os haya gustado y que lo hayáis encontrado interesante. Gracias por pasar este rato conmigo. ;-)

 

Saludos y hasta la próxima! 

Gato, Animales, Mascotas, Gato Doméstico


lunes, 28 de septiembre de 2015

Resolución Curiosa de la AEPD: ¿Por qué me sancionan? Pero si la LOPD ni existía!


Hola de nuevo!

Tras unos días intensos de vacaciones por el país vecino, retomo el blog con una resolución sancionadora de la AEPD realmente interesante para paliar un poco este síndrome post vacacional que arrastro. LOPDear un poco siempre es una buena forma de afrontar la #semanaoficialdelparraque cargando pilas. ;-). 

Mono, Chimpanse, Negro Blanco, Bw

Vamos a ello:

Lo primero, los hechos:  El denunciante (un ávido internauta) descubre en Internet un documento en el que figuran sus datos personales. El documento maldito está en una web de una empresa X. Por lo que parece, allá por el año 1996, nuestro ávido denunciante cumplimentó un plan de empresa con esta empresa para hacerse emprendedor y es este el que aparece en la web. Enfado al canto del internauta y denuncia ante la AEPD. 

Estudiante, Escribir, Teclado, Texto

¿Qué hace en la AEPD?: Pues lo de siempre, investigar. Ven el documento en la web y le piden explicaciones a la entidad. La entidad responde cosas muy interesantes:
1) Que eliminó los datos cuando el denunciante lo pidió.
2) Que el documento siempre ha estado oculto hasta que Google lo encontró (a veces Google parece una madre en modo "a que voy yo y lo encuentro"?). 

Tras estas explicaciones, la AEPD vuelve a hacer la búsqueda y el documento ya no aparece. La entidad, tras recibir el inicio de procedimiento sancionador (1500 euros), escribe a la AEPD diciendo cosas, de nuevo, interesantes (ojo a la primera, que es un misil):

1) "En una búsqueda realizada con el buscador de Internet Google no aparece ningún resultado relativo al denunciante, y que éste facilita voluntariamente su información personal en diferentes redes sociales (facebook, Iinkedin, etc.), así como en organismos y otros, permitiendo acceder a todos sus datos (DNI, domicilio, teléfono, aficiones, email, etc.) de forma sencilla y clara. Entiende, por ello, que el denunciante no ha sufrido daño alguno por los datos que X mantenía con su permiso y que fueron eliminados en atención a su solicitud".  FAIL: Lo que está en Internet no es gratis, ni libre ni se puede usar (y menos si son datos personales y todavía menos si encima eres una empresa). En este caso la empresa no pelea por haber cogido los datos de la red de redes pero usar este argumento es como raro: No te sancionan por el daño que le has hecho al ávido internauta; te sancionan porque no tenías que poner esos datos en la red. Da igual que el sujeto cuelgue fotos de sus vacaciones, del cocido que se ha comido o se dedique a poner su teléfono en internet; no es relevante a efectos LOPD!
 
2) "Que el denunciante aprobó el uso de sus datos en el momento de realizar el estudio. (...) que no se formalizó en documento según la LOPD dado que este esta normativa es posterior al hecho"
 
3) "Que en el momento en que el denunciante comunicó su oposición a que los datos figurasen publicados, tales datos fueron eliminados, a pesar de que contaban con su aprobación previa".
 
Quedaros con estos dos porque tienen un papel clave en la resolución, palabrita de  Iurisfriki. ;-)

Tras recibir la propuesta de sanción, la entidad vuelve a reiterar lo que ya dijo en el punto 1) - el FAIL gordote - y vuelve a echarle la culpa a Google por entrar donde no debía (de hecho, invita a la AEPD a ir contra Google; como si Google no tuviera ya sus propios problemas! :-P)

Y el desenlace es...
 
Caja De Dinero, La Riqueza, Las Finanzas
 
Lo predecible: la AEPD les sanciona con base en el art.9 de la LOPD. Ojo: esto es importante; no te están sancionando por el inicio de la historia (es decir, por la elaboración del documento del plan de empresa que se hizo en 1996, cuando, como bien dice la empresa, la LOPD no era ni un cigotito); te están sancionando porque en 2014 (vigente ya la ley) has incumplido una de las obligaciones base de la LOPD: QUE LOS DATOS ESTÉN SEGUROS Y BAJO CONTROL. Ni siquiera se para la AEPD a pensar en si tenías entonces o en si puedes probar ahora que tenías el consentimiento del afectado para tratar sus datos. Y da igual que el afectado se ponga a dar en Internet su grupo sanguíneo o comparta una foto como Dios le trajo al mundo. Te sancionan por vulnerar un principio de la LOPD y punto. Y encima, la propia AEPD te avisa de que te has librado de recibir también sanción por el art.10 de la LOPD, ojito.

Comentario Final Propio: Vamos a darle otra vuelta de tuerca a este caso. Pensemos.. El documento se elabora en 1996 y los hechos pasan en 2014, que es cuando el afectado ve sus datos ahí.. ¿No os suena raro? Me refiero a que esos datos deben estar más obsoletos que la cinta VHS; anda que no habrá cambiado la vida del ávido internauta desde esa fecha (para empezar, el número de teléfono, el cual la propia entidad manifiesta que no existe). El art. 4.5 de la LOPD lo dice muy claro: "Los datos de carácter personal serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hubieran sido recabados o registrados. No serán conservados en forma que permita la identificación del interesado durante un período superior al necesario para los fines en base a los cuales hubieran sido recabados o registrados".

Yo lo dejo ahí; para la post-eridad (no he podido evitar el juego de palabras :-P). Os dejo el link de la resolución aquí por si queréis leerla.

Y hasta aquí llega el post de hoy; espero que os haya parecido interesante y nos vemos en la siguiente entrada.

Feliz #Semanaoficialdelparraque a tod@s y mil gracias por pararos a echar un ojito por este rinconcito de la Red. ;-)

Libro, Fuente, Au Revoir, Leer
 

 pdt: ¿Te ha gustado el post? Házmelo saber en mi Twitter que me harás la semanita postvacaciones mucho más feliz. ;-)

viernes, 2 de agosto de 2013

Resolución Curiosa de la AEPD: La sospecha de un chivatazo con oscuras intenciones...

Hola a todos.

Inauguro la sección del blog dedicada a comentar resoluciones de la AEPD que puedan ser de interés. El tema de la resolución elegida para dar el pistoletazo de salida es de lo más "curioso" (parece más un episodio de un programa del corazón que otra cosa), de las resoluciones que he podido leer hasta ahora. Os cuento (no os perdáis detalle):

La denunciante acude a la AEPD para quejarse de que cree que desde el  Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal se han consultado datos de su vida laboral sin su consentimiento; resultando vulnerados, en consecuencia y siempre según la opinión de la denunciante, el deber de secreto y la propia LOPD. El caso tiene su miga porque, al parecer, posteriormente recibió un mensaje desde el móvil de su exmarido con el siguiente texto: “sé que estas dada de alta en una empresa de trabajo temporal”. En este momento, el intrépido lector se estará preguntando que qué relación une a un hecho con el otro...pues aquí la tenemos: La denunciante dice que las consultas realizadas sin su consentimiento han sido efectuadas desde oficinas de Madrid, La Coruña y Badajoz. La clave viene en esta última consulta: la agraviada cree que el acceso a sus datos desde Badajoz lo ha realizado una funcionaria que, curiosamente, comparte provincia de residencia con la nueva pareja de su exmarido, ya que ambas son residentes en la hermosa provincia extremeña. Y he aquí el quid de la cuestión: la denunciante cree que ha habido un chivatazo de su situación laboral actual por parte de una funcionaria con oscuras intenciones. ¿No es curioso?
Se procede a comprobar si efectivamente la funcionaria estaba autorizada para acceder a ese tipo de información, si vulneró los deberes de confidencialidad y secreto a los que está sujeta y la relación existente entre la TGSS y el SEPE, dando como resultado los siguientes puntos:

                 -La responsable de los ficheros accedidos es la TGSS, pero la cuestionada funcionaria desempeña sus actividades en el SEPE. Una de las alegaciones realizadas por el SEPE era que los accesos a la información que se realizan desde sus oficinas son en calidad de cesionario y no de encargado del tratamiento, por lo que consideraba que no le eran de aplicación ni las obligaciones exigidas de seguridad por el art.9 de la LOPD ni las sanciones correspondientes a ellas reflejadas en el art. 44.3 de la misma Ley. En el mismo sentido, el SEPE rechaza cualquier vulneración del art.10 de la LOPD pero a la vez, alega que tomó medidas para conocer los motivos de los sospechosos accesos.
               - Se verifica que efectivamente la funcionaria, debido a las funciones que desempeña en su trabajo y la relación existente entre el SEPE y la TGSS, dispone de autorización para acceder al fichero en el que, entre otros, están los datos de la denunciante, pero vence la teoría de que el acceso realizado fue causa de un error y carente de cualquier intencionalidad de realizar un uso inadecuado de la información.

Finalmente, la AEPD llega a la conclusión de que el SEPE actúa en calidad de encargado del tratamiento, apoyándose en la definición de esta figura recogida en el art.3.d de la LOPD; por lo que le serían exigibles las responsabilidades que quería evadir y las consecuentes sanciones. En el mismo sentido, se reconoce la buena previsión de este organismo al tener las medidas técnicas y organizativas necesarias; como el establecimiento de controles de acceso y la auditoría que este Organismo hizo cuando tuvo conocimiento de los hechos denunciados.
Los accesos no consentidos denunciados por la agraviada se achacan en todos los casos a errores de confusión con el DNI, y no a "búsquedas a conciencia" y, en el mismo sentido, se acredita que el acceso a los datos de la denunciante existe, pero no se ha podido probar que la funcionaria realizara dicha búsqueda con "oscuras intenciones" y tampoco que haya "dado el chivatazo" a la nueva pareja de su exmarido (presuntamente y según lo sospechado por la denunciante, unidos la funcionaria y el exmarido por un vínculo de amistad con la nueva pareja de éste). Todo esto lo vemos reflejado también en el Fundamento de Derecho X.

En base a lo dispuesto, el procedimiento queda archivado.

Según los Hechos Probados en la Resolución: "La vida laboral es una base de datos gestionada por la TGSS a la cual accede el Servicio Público de Empleo Estatal, para el ejercicio de sus competencias".Esto lo pone la AEPD en relación con lo dispuesto en el art   3 d) de la LOPD, el cual reza que se entiende por responsable del fichero o tratamiento “a toda persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento.”.Basándose en esto, se considera al SEPE encargado del tratamiento. En una relación de encargado de tratamiento y responsable, el primero realiza un tratamiento sobre los datos personales por cuenta del responsable; es decir: le presta un servicio al "verdadero dueño de los datos", por lo que, en ningún caso, supone una comunicación de datos ni resulta exigible el consentimiento del interesado. Esto es diferente a la figura del cesionario, que sí supone una comunicación de datos y para la que sí es preciso el consentimiento del titular. En mi humilde opinión, creo que la AEPD acierta al considerar encargado del tratamiento al SEPE, basándose en la frase recogida en el párrafo anterior. En los casos de comunicaciones de datos, el cesionario y el cedente se desvinculan casi totalmente; mientras que en las relaciones responsable vs encargado, existe una interconexión duradera entre ellos. He aquí para mí el quid de la cuestión.

¿Qué os ha parecido la historia? ¿No os parece más típico de un Sálvame Deluxe que de un caso "jurídico"?.

Un saludo y hasta la próxima!!!

Pdt: Aquí os dejo el Enlace de la Resolución para que podáis consultarlo: RESOLUCIÓN: R/01659/2013. Fue publicada el pasado 10 de Julio.