sábado, 5 de abril de 2014

Un par de cuestiones sobre la Nueva Ley de Seguridad Ciudadana: El Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana y la LOPD.

  

Hola a todos!

Estos días he estado un poco liada con el trabajo y la uni pero he podido sacar un poco de tiempo para echar un vistazo a 2 novedades legislativas que están en boca de juristas, políticos y movimientos sociales, en su mayor parte, con críticas bastante negativas: la reforma del Código Penal y la nueva Ley de Seguridad Ciudadana. Es en esta última en la que quiero detenerme (si pincháis aquí, podéis ver el doc sobre el que he trabajado), ya que ha habido un artículo que ha llamado poderosamente mi atención: el número 42. Este artículo trae la creación de un registro dentro del Ministerio del Interior llamado Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana en el que van a ir a parar estas cosas:
  • los datos personales de sujetos que hayan cometido alguna infracción
  • la propia infracción en sí
  • la sanción que se le ha impuesto y
  • el lugar y fecha de su comisión.
Aquí os pego una imagen de cómo me imagino yo este Registro..




Dicho artículo parece prever, con cierta "cortesía", que las personas sancionadas sean informadas de que sus datos van a ir directitos al citado Registro (“mediocumplimos” el art. 5 de la LOPD) y que, incluso, siempre según lo desarrollado por Reglamento posterior, podrán hasta pedir cancelación y rectificación de los datos. Por último, se establece que los datos contenidos en este Registro serán accesibles a las AAPP con competencia para sancionar según lo dispuesto en la propia Ley. A la espera de que el funcionamiento vaya aclarándose, me surgen un par de dudas sobre esta nueva idea del Gobierno y su adecuación a la vigente normativa de protección de datos:

  1. ¿Qué tipo de datos van a almacenarse? Lo digo porque esa información no es algo baladí (que para ello la LOPD consagra los principios de calidad y proporcionalidad de los datos) y si las anotaciones que se hacen van más allá de los datos identificativos base (nombre, apellidos), como por ejemplo las circunstancias de los hechos (pensemos que el acta recogiera que los hechos ocurrieron en una manifestación de tal o cual partido), estaríamos en “terreno peligroso” (véanse los Niveles de Seguridad de la LOPD). De inicio, como mínimo, hay que aplicar el Nivel de Seguridad Medio, como indica el art.81.2 a) del Reglamento.

  2. En relación al acceso de otras AAPP a los datos del Registro, pensemos que la propia Ley dice que las Delegaciones de Gobierno son competentes para sancionar infracciones graves o leves (entre otras, pensemos que las sanciones graves incluyen conductas como dar datos inexactos en las identificaciones o realizar actos de obstrucción para impedir a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial el ejercicio legítimo de sus funciones, el cumplimiento o la ejecución de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales, siempre que se produzcan al margen de los procedimientos legalmente establecidos y no sean constitutivos de delito.. cuando leí esto pensé en las acciones de la PAH para impedir desahucios). La implicación más clara que puede verse es una que afecta específicamente a ciudadanos extranjeros, no debemos olvidar que los permisos de residencia son autorizaciones administrativas que se tramitan en las Delegaciones de Gobierno de las CCAA. ¿Puede conllevar este hecho que si, por ejemplo, un extranjero con permiso de residencia es sancionado por hacer una sentada para impedir un desahucio se le pueda denegar la renovación de dicho permiso? ¿No chocaría esto con el art. 13 de la LOPD y con el art.36 de su Reglamento de desarrollo?

    Ejemplo gráfico de lo que podría ser una valoración para una concesión administrativa basada en los datos del Registro este.




Y dejando en el aire estas dudas más que razonables, cierro este post por hoy, a la espera de que puedan resolverse estas dudas lo antes posible y expectante por ver cómo se adecuan las nuevas normativas a lo que ya está vigente o a futuros cambios que puedan (y espero) se produzcan.

Un saludo a todos y que tengáis buena semana!





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