miércoles, 11 de diciembre de 2013

Los riesgos de hacer una campaña publicitaria con criterios de privacidad "low cost".

Hola de nuevo.
Para el post de hoy voy a usar un caso real que me ha pasado esta semana. Resulta que me llega este mail a mi correo personal :



Como podéis ver, el mail lo remite una famosa compañía telefónica low cost. Creo que se sobre entiende bastante bien a pesar de haber borrado, por motivos obvios, los datos que aparecían en el correo: mi amigo “X” que está tan contento como cliente de la compañía low cost me invita a unirme y, de paso, se saca unos puntitos que le darán algún beneficio (rebaja de factura o móviles algo más baratos, por lo que me dijo).
Como soy así de curiosa, le he preguntado a mi "recomendante" y me ha comentado que sí que era cosa suya, que había dado las direcciones de algunos amigos (yo he sido una de las afortunadas) en la plataforma que la compañía ha habilitado.

Es evidente que es un correo comercial que se pasa por el arco del triunfo la LSSI:

- Artículo 21 Prohibición de comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes
1. Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación cuando exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente.
En todo caso, el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija.
Cuando las comunicaciones hubieran sido remitidas por correo electrónico, dicho medio deberá consistir necesariamente en la inclusión de una dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse este derecho, quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan dicha dirección.




Que un amigo de tu mail a una empresa no implica que tú estés de acuerdo con que ésta pueda remitirte ninguna comunicación comercial, por lo que hay que tener cuidado con estas cosas. El consentimiento siempre es imprescindible y necesario y además debe darlo el destinatario de forma expresa. A veces se nos olvida que el mail de alguien no deja de ser un dato personal y que, al igual que cuando recibimos publicidad en casa no suele hacernos gracia, con el correo electrónico (que no deja de ser un buzón también) puede sucedernos lo mismo.

Además, en el mail no da ninguna opción de oponerse al tratamiento de los datos; el mail que he recibido es tal y como os lo pongo.

Parece mentira que a estas alturas de la peli sigamos obviando algunas normas “básicas” sobre privacidad; que seas una compañía low cost no implica que tengas que aplicar políticas y métodos de privacidad también low cost.

Un saludo y hasta la próxima!

pdt: Sí, he dejado mi nombre en mitad del mail para que veáis que realmente lo he recibido personalizado y que se han equivocado, porque yo a día de hoy no puedo recomendarles dado que..NO SOY CLIENTE DE ELLOS! 


Actualizo hoy la entrada para comentar que, después del aviso que les he dado en twitter, me han contestado muy amablemente. Ahora estoy esperando que me den una respuesta clara sobre el asunto que, por supuesto, comentaré por aquí. ;-)


;-)



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